Con la aprobación de la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular se apuesta por un consumo racional y sostenible obligando a los establecimientos de hostelería a ofrecer a sus clientes agua no envasada de manera gratuita y se limita el uso y la necesidad de recurrir a envases de un solo uso y prohíbe otros, como cubiertos, platos, vasos y productos de plástico oxodegradable con el fin de reducir el impacto de los plásticos en la salud humana y en el medio ambiente. Al mismo tiempo, se pretende efectuar la transición a una economía circular y baja en carbono, con modelos empresariales, productos y materiales innovadores y sostenibles.
Respecto a las medidas para la reducción del consumo de determinados productos de plástico de un solo uso, como los vasos y recipientes alimentarios, se establecen objetivos cuantitativos de reducción, y para otros como monodosis o anillas de plástico, se prevé también avanzar en la reducción de consumo. En cuanto a los productos como, por ejemplo, cubiertos, platos, vasos y productos de plástico oxodegradable, así como las microesferas de plástico de menos de 5 milímetros añadidas intencionadamente, queda prohibida su introducción en el mercado. Se contemplan también medidas relativas al diseño de recipientes de plástico para bebidas. Así, por ejemplo, a partir del 3 de julio de 2024, solo se podrán introducir en el mercado los productos de plástico de un solo uso enumerados en la parte C del anexo IV cuyas tapas y tapones permanezcan unidos al recipiente durante su utilización.