Pasar al contenido principal

La Unión Europea unifica el etiquetado para carburantes con el fin de mejorar la información a los consumidores

Todas las gasolineras y coches de la UE, Islandia, Liechtenstein, Macedonia, Noruega, Serbia, Suiza y Turquía utilizarán los mismos distintivos para identificar los diferentes tipos de combustible.
La Unión Europea unifica el etiquetado para carburantes con el fin de mejorar la información a los consumidores

A partir del próximo 12 de octubre entrará en vigor la nueva normativa europea sobre etiquetado para carburantes y vehículos. El objetivo es unificar las etiquetas utilizadas en los vehículos y en los puntos de repostaje que sirven para identificar el combustible. Se armoniza así, en toda Europa, la información que actualmente se proporciona a los consumidores en los manuales del propietario de los nuevos vehículos, en el tapón del depósito del combustible de los coches, en los concesionarios, así como en los surtidores de combustible. Además, cada país podrá incluir información adicional en los puntos de repostaje en los idiomas nacionales lo que permitirá ayudar a los consumidores a verificar la correcta selección del combustible apropiado para su vehículo.

De esta forma, los coches nuevos comercializados por primera vez o matriculados a partir del 12 de octubre deberán tener las nuevas etiquetas. Por su parte, las estaciones de servicio deberán cumplir con los nuevos requisitos de etiquetado tanto en las bocas de las mangueras (boquereles) como en el cuerpo del aparato surtidor de combustible. Dado a que esta fecha es de obligado cumplimiento, algunos fabricantes de vehículos ya han comenzado a incorporar las etiquetas en los modelos presentados recientemente y se prevé que las estaciones de servicio comiencen a hacerlo conforme se acerque dicha fecha.

El nuevo conjunto único y armonizado de etiquetas deberá ser utilizado en todos los países de la Unión Europea, así como en Islandia, Liechtenstein, Macedonia, Noruega, Serbia, Suiza y Turquía y afecta a ciclomotores, motocicletas, triciclos, cuatriciclos, turismos, vehículos comerciales ligeros y pesados, así como autobuses y autocares. Los vehículos híbrido-eléctricos también se verán afectados ya que deberán repostar el combustible adecuado. Asimismo, se prevé que, en un futuro, se desarrollen un conjunto de etiquetas similares para los vehículos eléctricos de baterías y su infraestructura de recarga.

En cuanto a Reino Unido, tendrá que decidir la forma en que aplicará las normas de la UE después del Brexit, hasta entonces, los vehículos nuevos que entren el mercado del Reino Unido tendrán las etiquetas instaladas.

¿Cómo serán las nuevas etiquetas?

Guías informativas elaboradas por las asociaciones  ACEA, ACEM, ECFD, FuelsEurope y UPEI.

Guía informativa para agentes económicos

Guía informativa para consumidores

Normativa aplicable

Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de  22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos Texto pertinente a efectos del EEE.

Norma UNE-EN 16942:2016 y los identificadores de carburante.

Documentos relacionados

Ayúdanos a mejorar