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Los consumidores españoles afectados por la quiebra de la aerolínea Czech Airlines podrán presentar sus reclamaciones hasta el 14 de abril

El Centro Europeo del Consumidor de República Checa informa de que la autoridad competente ha dado un nuevo plazo a los acreedores extranjeros para solicitar el cobro de los créditos pendientes.
Los consumidores españoles afectados por la quiebra de la aerolínea Czech Airlines podrán presentar sus reclamaciones hasta el 14 de abril

El Centro Europeo del Consumidor de República Checa ha informado al resto de los Centros que componen la red ECC-Net que la autoridad competente encargada del concurso de acreedores de Czech Airlines ha concedido un nuevo plazo para que los acreedores extranjeros puedan reclamar los créditos pendientes de cobro, conforme al Reglamento 2015/848.

Según ha advertido el Centro Europeo checo, los consumidores extranjeros recibieron el pasado 14 de febrero una nueva comunicación donde se les informaba de que disponen de un plazo de dos meses -a contar desde la fecha de dicha notificación- para poder presentar sus solicitudes. De esta forma, y a pesar de que el plazo previsto inicialmente venció en mayo de 2021, la Administración concursal admitirá las reclamaciones hasta el próximo 14 de abril. Cabe señalar que los acreedores extranjeros que ya hayan interpuesto la solicitud no necesitarán volver a presentarla.

Por su parte, el Centro Europeo del Consumidor de República Checa recomienda presentar dichas reclamaciones por correo postal a la siguiente dirección:

Městský soud v Praze, pracoviště Slezská 9, 120 00 Praha 2, República Checa

Se desaconseja el envío electrónico de las solicitudes por los posibles errores que se puedan derivar del requisito de firmar electrónicamente el documento. La demanda deberá presentarse en checo, y se advierte de que el importe que podría recuperarse será, aproximadamente, el 5% del total de la reclamación. Por este motivo, se pide a los consumidores que sopesen la conveniencia de iniciar dicho proceso.

La red ECC-Net -integrada por los Centros Europeos del Consumidor de los Estados miembros de la Unión Europea, además de los de Islandia y Noruega- recuerda que no puede representar a los consumidores en los concursos de acreedores por lo que deberán dirigir sus reclamaciones ante la autoridad competente (Tribunal o Administración concursal designada).

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