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El Gobierno de España abre expediente sancionador a grandes operadores de e-commerce por presuntas rebajas engañosas

Varias empresas del sector habrían subido los precios de los productos antes del "Black Friday" para luego rebajarlos a su precio inicial.
El Gobierno de España abre expediente sancionador a grandes operadores de e-commerce por presuntas rebajas engañosas

El ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha decidido iniciar expediente sancionador a grandes operadores de comercio electrónico por las presuntas rebajas engañosas realizadas en el "Black Friday". Según explica el ministerio, la práctica consistía en que estos operadores habrían subido el precio de varios productos antes del "Black Friday" para luego rebajarlos y ofertarlos con su precio original.

El Ministerio ha recabado información de este tipo de prácticas desleales durante una investigación previa y que supondrían una infracción en base al Artículo 47 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Bajo este precepto, estas prácticas pueden llegar a calificarse como infracciones graves con multas de hasta 100.000€, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

Esta investigación se inició durante el mes de octubre de 2023 con una monitorización diaria de 1.140 productos coincidiendo con el "Black Friday". Para ello se utilizó la herramienta "Price Reduction Tool" de la Comisión Europea con la que se constataron presuntos incumplimientos de diversos operadores de comercio electrónico. Actualmente, ya se ha abierto expediente sancionador a dos grandes operadores, pero la investigación continúa abierta a otras empresas que habrían incurrido también en esta práctica. Entre la amplia gama de productos vendidos por los operadores investigados destacan los electrodomésticos, electrónica, deportes o cosmética.

A partir de ahora, se abre un periodo máximo de 9 meses para la instrucción de los expedientes sancionadores y para su resolución por los órganos competentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Ley de Ordenación del Comercio Minorista

Según el artículo 20 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, siempre que se oferten artículos con reducción de precio, deberá figurar con claridad, en cada uno de ellos, el precio anterior para poder llevar a cabo una correcta comparación. En este caso, la ley también indica que el precio anterior debe ser el precio menor que hubiese sido aplicado sobre productos idénticos en los treinta días precedentes.

Fuente de la información: Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

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