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Europa adopta nuevas normas para mejorar la seguridad de los productos digitales

El Consejo de la Unión europea ha adoptado un nuevo Reglamento para garantizar la seguridad de los productos con elementos digitales antes de que se pongan a la venta.
Europa adopta nuevas normas para mejorar la seguridad de los productos digitales

El Consejo de la Unión Europea ha adoptado una nueva normativa (Reglamento de Ciberresiliencia) sobre los requisitos de ciberseguridad de los productos con elementos digitales con el fin de garantizar que productos como las cámaras domésticas, frigoríficos, televisores y juguetes conectados sean seguros antes de que se pongan a la venta. Con las nuevas normas se cubrirían las actuales carencias del marco legislativo vigente en materia de ciberseguridad y se conseguirían unas normas más coherentes garantizando que este tipo de productos sean seguros a lo largo de toda la cadena de suministro, así como durante su ciclo de vida.

Estos nuevos requisitos armonizados sobre ciberseguridad se aplicarán tanto para el diseño, el desarrollo, la fabricación y la introducción en el mercado de productos de hardware y software en todos los Estados miembros de la UE. De esta forma, todos los productos conectados directa o indirectamente a otro dispositivo o a una red llevarán el marcado CE con el que se indicaría que cumplen con la normativa europea en materia de seguridad, salud y protección del medio ambiente. No obstante, se introducen algunas excepciones para aquellos productos para los cuales la normativa actual vigente ya establece requisitos de ciberseguridad. Tal es el caso de los productos sanitarios, aeronáuticos y los automóviles. Todo ello, permitirá a los consumidores tomar sus decisiones de compra y utilizar los productos con elementos digitales de una forma adecuada e informada.

A partir de ahora, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo firmarán el acto legislativo y será publicado en el Boletín Oficial de la UE. Tras su publicación entrará en vigor veinte días después y se aplicará -por lo general- 36 meses después de su entrada en vigor.

Fuente de información: Consejo de la Unión Europea.

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