a las personas con discapacidad.
Las directivas con las que se crean la tarjeta europea de discapacidad y la tarjeta europea de estacionamiento para personas con discapacidad garantizarán la igualdad de acceso a condiciones especiales o trato preferente a las personas con discapacidad durante sus estancias cortas en toda la UE. Por ejemplo, tarifas de entrada reducidas o gratuitas, acceso prioritario, asistencia y plazas de aparcamiento reservadas.
Además, el Consejo de la UE ha adoptado una directiva que amplía estas disposiciones a los ciudadanos no comunitarios que residan legalmente en países de la UE, lo que significa que también podrán utilizar estas tarjetas durante estancias breves en otros Estados miembros.
Las tarjetas serán reconocidas en toda la UE como prueba de la discapacidad o del derecho a servicios específicos basados en una discapacidad. Por su parte, las autoridades nacionales de cada Estado miembro serán responsables de expedir las tarjetas europeas de discapacidad físicas y digitales en un formato accesible. En cuanto a las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad, estas se producirán en formato físico, y los Estados miembros tendrán la opción de expedirlas también en formato digital.
A partir de ahora, ambas directivas deberán ser firmadas por el Consejo y el Parlamento Europeo y entrarán en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la UE. Una vez publicadas, los países miembros tendrán dos años y medio para adaptar su legislación nacional y tres años y medio para aplicar las nuevas normas.
Fuente de información: Consejo de la Unión Europea.