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Las nuevas normas sobre créditos al consumo limitarán los intereses para proteger a los consumidores del sobrendeudamiento

Afectarán a todos los productos de financiación, créditos al consumo, microcréditos, las tarjetas revolving y préstamos rápidos que se conceden a través de las plataformas digitales.
Tres manos recibiendo dinero

Con el anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo -aprobado recientemente por el Consejo de Ministros- se transpone la Directiva europea relativa a los créditos al consumo y la Directiva relativa a los contratos de servicios financieros a distancia y, con él, se actualizan las normas que regulan los créditos al consumo, entre los que se encuentran los microcréditos, las tarjetas revolving o los préstamos rápidos en plataformas digitales; productos que actualmente tienen unos costes muy elevados.

Entre las novedades, destacan la introducción de medidas de limitación de los tipos de interés con el objetivo de proteger financieramente a las personas consumidoras y prevenir su sobrendeudamiento. Además, se refuerzan algunas de las obligaciones ya existentes como las relativas a la comprobación de la solvencia del cliente que deberá realizarse en interés del consumidor, a fin de prevenir las prácticas de préstamo irresponsables y el endeudamiento excesivo. No obstante, la evaluación de solvencia no podrá basarse exclusivamente en el historial crediticio del consumidor. 

En cuanto a la comercialización de estos productos en los mercados en línea, será obligatorio incorporar la función de desistimiento, así como desarrollar medidas para proteger al consumidor de los “dark patterns"; es decir, aquellas técnicas de diseño de la interfaz con las que la industria trata de manipular la toma de decisiones del consumidor. La educación financiera y la mediación y el arbitraje como vías de resolución de conflictos son otros aspectos que promueve también la nueva normativa. 

Costes limitados

El anteproyecto de ley establece un régimen general de limitación de costes de forma que la TAE no supere un determinado nivel de tipo de interés máximo. Estos límites se actualizarán y publicarán trimestralmente por el Banco de España y de forma anticipada al trimestre de aplicación. Hasta que el sistema definitivo entre en vigor, se aplica un límite transitorio del 22% TAE, lo que ya está obligando a una de cada cuatro tarjetas revolving a bajar sus precios, según información publicada por el Consejo General de la Abogacía Española.

Igualmente, se incorpora un segundo régimen de limitación de tipos de interés para los créditos de alto coste (créditos a tipos elevados que se conceden para importes bajos y con un plazo de reembolso reducido). Con la nueva regulación se instaura un periodo mínimo de reembolso para estos créditos de al menos 3 cuotas mensuales y se reducirá el coste total soportado por el consumidor (tipo de interés mensual del 4% y una comisión máxima del 5% sujeta a un máximo de 30 euros). Además, su coste máximo no podrá ser superior al de un crédito a doce meses por el mismo importe bajo el régimen general. 

Reglas más estrictas para los microcréditos
  • Interés mensual máximo: 4%.
  • Comisión máxima: 5% o 30 € (la menor).
  • Plazo mínimo de devolución: 3 meses.
  • Nuevas entidades prestamistas: “Establecimientos Financieros de Crédito de Actividad Limitada” y “Prestamistas de alto coste”.
  • Al igual que en el crédito inmobiliario, en general, se prohibirán las ventas vinculadas.
Información más transparente

Por otro lado, los prestamistas autorizados a conceder créditos de alto coste estarán obligados a proporcionar información específica y reforzada con una antelación mínima de 24 horas de forma que el consumidor pueda tomar una decisión plenamente informada. De la misma forma, se incorporarán mayores requisitos a la hora de publicitar los productos de forma que, por ejemplo, quedará prohibido destacar la facilidad o rapidez con la que se puede obtener un crédito de alto coste sobre el resto de sus características esenciales tales como su tipología y el coste total del crédito (tipo de interés y otros gastos incluidos en el crédito).

Registro obligatorio y supervisión para todos

Toda entidad que conceda crédito al consumo deberá estar autorizada y supervisada por el Banco de España. De este modo, si un prestamista no autorizado da un crédito, ese contrato será nulo de pleno derecho.

Nuevo servicio de asistencia al usuario

Está previsto la creación de un servicio de asesoramiento de deudas consistente en asesoramiento financiero, asistencia jurídica o psicológica y social para deudores en dificultades.

>> Texto del Anteproyecto

>> Fuente de la información: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.  

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