Debido a las numerosas solicitudes de información y reclamaciones recibidas por parte de distintos usuarios del parque portugués Capital Do Natal y a la información publicada en algunos medios de comunicación y redes sociales donde se indica que las instalaciones del parque no se corresponden con las anunciadas en su publicidad, el Centro Europeo del Consumidor en España (CEC-España) informa a la población que, actualmente, la Dirección General de Consumo -perteneciente al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social- y CEC-España están trabajando de forma coordinada junto con las autoridades portuguesas con el fin de estudiar la posible vulneración de los derechos e intereses de los consumidores y adoptar las medidas correctoras, que en su caso, resulten oportunas.
Derechos del consumidor.
Derechos de los consumidores que todavía no hayan realizado el viaje:
Derecho de desistimiento.
Si la compra de las entradas forma parte de un paquete de viaje combinado y siempre y cuando la compra se haya realizado a distancia (por internet, teléfono, correo o a domicilio), el consumidor tiene un plazo de 14 días naturales desde la compra para ejercer su derecho de desistimiento (sin necesidad de justificar su decisión).
Si la compra de las entradas se ha realizado a distancia pero no formara parte de un paquete de viaje combinado, el consumidor no tiene derecho de desistimiento.
Derecho a resolver el contrato.
Cuando las entradas formen parte de un viaje combinado, el consumidor podrá resolver el contrato (cancelación del viaje) en cualquier momento antes de su inicio. En estos casos, el organizador o minorista podrá cobrar una penalización que deberá ser “razonable” y “justificable”. Además, el organizador o minorista deberá facilitar al viajero que lo solicite una justificación del importe de la penalización.
Reclamación de posibles daños y perjuicios.
Cuando proceda, se podrá acudir también a la vía judicial para demandar posibles daños y perjuicios.
Derechos de los consumidores y usuarios que -una vez realizado el viaje- consideren y tengan prueba de que las instalaciones o los servicios del parque de ocio no se correspondían con la publicidad difundida en el canal de venta y promoción:
Derecho al reembolso íntegro del precio pagado por las entradas.
La legislación europea protege a los consumidores que residen en la Unión Europea frente a las prácticas comerciales desleales como es el caso de la publicidad engañosa tanto si la información facilitada ha resultado falsa como si se les ocultó información importante. De esta forma, las empresas están obligadas a facilitar información exacta y suficiente para poder tomar una decisión de compra adecuada. De lo contrario, el consumidor tendrá derecho a reclamar el reembolso íntegro del precio pagado.
Derecho a reclamar posibles daños y perjuicios.
Cuando proceda, los consumidores también podrán acudir a la vía judicial para reclamar los posibles daños y perjuicios.
Cómo reclamar por la vía extrajudicial.
En primer lugar, el consumidor deberá presentar una reclamación por escrito al parque temático Capital Do Natal, incluso cuando la compra se ha realizado a través de una plataforma de compra online. En aquellos casos en los que las entradas formen parte de un viaje combinado, la reclamación deberá dirigirse al minorista u organizador del viaje.
La empresa tendrá un plazo de un mes para ofrecer una solución satisfactoria para consumidor. De lo contrario, éste podrá reclamar ante las distintas autoridades competentes de Consumo:
Compras transfronterizas en la Unión Europea, Noruega o Islandia.
- Los consumidores que residan en España y hayan realizado la compra en una empresa con sede en Noruega, Islandia o en otro país de la UE distinto a España, deberán presentar sus reclamaciones en el Centro Europeo del Consumidor en España a través del formulario de su página web.
- Los consumidores que residen en Noruega, Islandia o en otro país de la Unión Europea distinto a España y hayan comprado las entradas a una empresa con sede en otro Estado miembro, deberán presentar su reclamación a través del Centro Europeo del Consumido de su país. Consultar aquí el listado de Centros Europeos del Consumidor.
- Los consumidores también podrán acudir a las distintas entidades españolas acreditadas ante la Unión Europea para resolver conflictos de ámbito nacional o comunitario por la vía extrajudicial. Listado de las entidades acreditadas ante la UE.
Compras de ámbito nacional (España).
Si el consumidor reside en España y ha comprado sus entradas a una empresa con sede en nuestro país podrá presentar su reclamación a través de los Servicios de Atención al Consumidor de la Comunidad Autónoma donde tengan su residencia o en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs).
Documentación necesaria para reclamar.
- Reclamación efectuada por escrito contra la empresa. Deberán justificarse las razones.
- Comprobante de compra o reserva, cuando proceda.
- Justificante del pago de la entidad bancaria, cuando proceda.
- Correspondencia entre el consumidor y la empresa ordenada por orden cronológico.
- Cualquier otra prueba que le ayude a defender sus derechos (fotografías, folletos publicitarios…)