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Centro Europeo del Consumidor

¿Reside habitualmente en España y quiere reclamar como consumidor a una empresa de otro Estado miembro de la UE, Islandia o Noruega?

El Centro Europeo del Consumidor en España podrá ayudarle:

  • Si es un consumidor particular.
  • Si reside en España.
  • Si ha reclamado previamente a la empresa por escrito.
  • Si la sede social de la empresa está en un Estado miembro de la UE distinto a España, en Islandia, Noruega o Reino Unido.
  • Si no ha utilizado la vía judicial ni el sistema arbitral de consumo.
  • Si no se trata de un caso de fraude o reclamación por daños y perjuicios.

Cuando no sea posible llegar a un acuerdo amistoso, se asesorará sobre otras posibles vías de Resolución Alternativa de Litigios o acciones legales como el proceso europeo de escasa cuantía

  • Si su consulta va dirigida contra una empresa española consulte aquí las vías extrajudiciales y judiciales para reclamar.
  • Si reside habitualmente en otro Estado miembro de la UE, Noruega o Islandia y la consulta va dirigida contra una empresa con sede social en España, deberá ponerse en contacto con el Centro Europeo de su país.
  • Si su consulta está relacionada con Finanzas, Seguros y fondos de pensiones, o Servicios de inversión; podrá dirigir la reclamación a través del órgano competente de cada país de la UE, Islandia, Liechtenstein y Noruega. Pueden localizarse los órganos competentes en Fin-Net.
  • Si su consulta está relacionada con Protección de Datos, deberá dirigirse a la AEPD.
  • Si la consulta está relacionada con actividades de juego (juegos, loterías y apuestas, rifas, concursos o cualquier otro juego de azar, deberá acudir a los distintos Órganos Judiciales.
  • Si su consulta está relacionada con la Seguridad Online, deberá dirigirse a BCIT (Brigada Central de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional).
  • Si la consulta está relacionada con fraudes o delitos, las autoridades competentes son: Policía, BCIT, Guardia Civil, Ministerio Fiscal y los distintos Órganos Judiciales.
  • Si la consulta está relacionada con la reclamación de daños y perjuicios, deberá dirigirse al Ministerio Fiscal, o los diferentes Órganos Judiciales.

Si desea presentar una reclamación contra una empresa de otro país de la UE distinto a España, Islandia, Noruega, o Reino Unido, antes de dirigirla al Centro Europeo del Consumidor, es necesario reclamar en primera instancia a la empresa. Para ello, se pueden utilizar los siguientes modelos de hojas de reclamaciones específicas.

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